Comprar una propiedad en España es un paso importante que abre múltiples oportunidades: vida junto al mar, inversiones sólidas y la posibilidad de obtener la residencia. Sin embargo, además del precio del inmueble en sí, hay que considerar los gastos adicionales: principalmente los impuestos y tasas al formalizar la compraventa. Comprender bien el sistema fiscal español le permitirá planificar su presupuesto con precisión y evitar sorpresas desagradables. En Granfield Estate, nuestro abogado interno ha gestionado cientos de transacciones inmobiliarias en la Costa Blanca y conoce cada detalle del sistema fiscal local. En este artículo analizamos todos los impuestos y pagos obligatorios al comprar una propiedad en España, con especial atención a la Comunitat Valenciana — provincias de Alicante, Valencia y Castellón.
Impuestos obligatorios en la compra de propiedad
1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
El ITP es el principal impuesto en la compraventa de vivienda de segunda mano. Lo abona el comprador. En la Comunitat Valenciana, el tipo base es del 10% sobre el valor catastral o el precio de la operación, el que resulte mayor. Por eso, declarar un precio inferior en el contrato no aporta ventaja fiscal real: la Agencia Tributaria puede valorar el inmueble de forma independiente.
En determinados casos existen tipos reducidos de ITP. Jóvenes menores de 35 años, familias numerosas o personas con discapacidad pueden acceder a un tipo reducido del 4% al 8% según la categoría y la comunidad autónoma. Consulte estas condiciones con un abogado con antelación.

2. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Si adquiere una vivienda nueva directamente al promotor, en lugar del ITP se aplica el IVA. Los tipos del IVA en la compra de inmuebles en España son:
- 10% — para viviendas residenciales (pisos, casas, adosados)
- 21% — para locales comerciales, plazas de garaje adquiridas por separado y solares
- 4% — para Viviendas de Protección Oficial (VPO)
Importante: ITP e IVA son mutuamente excluyentes. Segunda mano siempre ITP. Vivienda nueva del promotor siempre IVA. Nunca ambos a la vez.
3. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
El AJD se aplica cuando se formaliza notarialmente cualquier operación inmobiliaria. En la Comunitat Valenciana el tipo general es del 1,5% sobre el valor de la operación.
En vivienda de segunda mano, el AJD se abona además del ITP — una cantidad fija pequeña por la escritura pública. En vivienda nueva, el AJD se calcula sobre el valor total al 1,5%. Ventaja importante: si la vivienda va a ser su residencia habitual, el AJD puede reducirse al 0,1% o incluso eliminarse en muchas comunidades.
El AJD también se aplica al constituir una hipoteca, aunque desde 2019 es el banco quien lo asume, no el comprador.
Gastos de notaría y registro
Notaría
Toda compraventa en España debe formalizarse ante notario. Los aranceles notariales están regulados por el Estado y dependen del valor del inmueble. Aproximadamente, los gastos de notaría oscilan entre 600 y 1.500 € para inmuebles de hasta 300.000 €.
Registro de la Propiedad
Tras la firma ante notario, la operación se inscribe en el Registro de la Propiedad. Los aranceles registrales también están fijados legalmente y ascienden aproximadamente a 400–1.000 € según el valor del inmueble. La inscripción acredita su derecho de propiedad y le protege frente a reclamaciones de terceros.
Gestoría
La mayoría de las operaciones se gestionan a través de una gestoría, que coordina la liquidación de impuestos, la inscripción registral y la comunicación entre notaría, banco y comprador. El coste del servicio suele ser de 300–500 €.
Tasación
Si solicita una hipoteca, el banco exigirá una tasación profesional del inmueble. El coste oscila entre 300 y 700 € según el tipo y valor de la propiedad. Si compra al contado, la tasación no es obligatoria.
Gastos totales: ¿cuánto prever además del precio del inmueble?
La referencia estándar es prever entre el 10 y el 13% del precio de compra para impuestos y gastos de formalización:
- Segunda mano sin hipoteca (Alicante): ~10–11% (ITP 10% + notaría + registro + gestión)
- Segunda mano con hipoteca: ~11–12% (se añade tasación; el banco asume parte)
- Obra nueva sin hipoteca: ~12–13% (IVA 10% + AJD 1,5% + notaría + registro)
Impuestos anuales sobre la propiedad
Además de los impuestos únicos en la compra, el propietario debe pagar anualmente:
- IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) — tipo del 0,4–1,1% sobre el valor catastral. En Torrevieja y Alicante, para un piso típico: 200–600 € al año.
- Tasa de basuras — tasa municipal de recogida de residuos. Generalmente 80–200 € al año.
- IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) — incluso sin arrendar el inmueble, España imputa una renta presunta del 1,1% del valor catastral, gravada al 19% (ciudadanos UE) o al 24% (resto). Para un piso típico en Alicante: 150–400 € al año.
- Cuota de comunidad — gastos de comunidad de propietarios para mantenimiento de piscina, jardín y ascensores. Por término medio, 50–200 € al mes.
Consejos para optimizar la carga fiscal
- Verifique si tiene derecho al ITP reducido. En la Comunitat Valenciana existe un tipo del 8% para vivienda habitual de nueva construcción.
- Acredite la residencia habitual. Si va a residir permanentemente en el inmueble, empadronarse le da acceso a tipos reducidos de AJD y posibles deducciones.
- No declare un precio inferior al real. No reducirá la base imponible (Hacienda hace sus propias comprobaciones de valor) y generará problemas en la futura venta.
- Consulte a un asesor fiscal antes de comprar. Una correcta estructuración puede ahorrarle miles de euros. El coste de la consulta (200–500 €) se amortiza con creces.
Conclusión
Comprar una propiedad en España requiere una planificación financiera cuidadosa. Además del precio del inmueble, prevea entre un 10 y un 13% para impuestos y gastos de formalización: ITP o IVA, AJD, notaría, registro y gestión. Tras la compra, planifique anualmente el IBI, el IRNR y la cuota de comunidad. Un enfoque bien planificado desde el punto de vista fiscal hará que su operación sea lo más rentable posible.
¿Tiene dudas sobre los detalles? Contacte con Granfield Estate. Las consultas para nuestros clientes son siempre gratuitas. Nuestro objetivo es ayudarle a tomar la decisión correcta y evitar gastos innecesarios.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto hay que añadir al precio del inmueble por impuestos y gastos?
Prevea un 10–12% sobre el valor del inmueble. Para el mercado de segunda mano de la Comunidad Valenciana, esto suele ser: ITP — 10%, gastos notariales — 600–1 500 €, registro en el registro — 400–900 €, gestoría (tramitación documental) — 300–500 €. Para obra nueva: en lugar de ITP — IVA (10%) + AJD (1,5%).
¿Cuál es la diferencia entre ITP y IVA al comprar un inmueble en España?
ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) se paga al comprar vivienda de segunda mano — la tasa en la Comunidad Valenciana es del 10%. IVA (impuesto sobre el valor añadido) se aplica al comprar vivienda nueva directamente del promotor — también 10% para vivienda residencial. Estos dos impuestos son excluyentes: se paga uno u otro, nunca ambos al mismo tiempo.
¿Vale la pena bajar el precio en el contrato para pagar menos ITP?
No — y es ilegal. La Agencia Tributaria de España tiene derecho a evaluar por sí misma el valor de mercado del inmueble y a calcular el ITP según el valor máximo. La subestimación del valor puede llevar a una liquidación adicional de impuestos, multas y recargos. Siempre indique el precio real de la transacción.
¿Existen beneficios fiscales al comprar un inmueble en España?
Sí, en ciertos casos. En la Comunidad Valenciana, se prevén tipos reducidos de ITP (del 4 al 8%) para compradores menores de 35 años, familias numerosas y personas con discapacidad. Si el inmueble se convierte en su residencia habitual, el AJD se reduce al 0,1% o se anula. Las condiciones deben ser aclaradas con un abogado antes de firmar el contrato.
¿Quién paga los honorarios notariales al comprar un inmueble en España?
Según la práctica establecida y la legislación — el comprador. La tarifa notarial está regulada por el estado y depende del valor del inmueble: por lo general, 600–1 500 € para inmuebles de hasta 300 000 €. El vendedor paga los gastos notariales por la cancelación de la hipoteca, si la hubiera. Como agencia licenciada (RAICV1663) y miembro de Asivega — la mayor asociación de agentes inmobiliarios de la Costa Blanca — ofrecemos consultas fiscales gratuitas a nuestros clientes. El asesor de Granfield Estate proporcionará el cálculo exacto de todos los gastos de su transacción específica.
Cómo Granfield Estate le ayuda con los impuestos y gastos de la compraventa
Nuestro abogado interno con más de 10 años de experiencia se encarga de toda la parte fiscal y legal de cada compra:
- Cálculo de impuestos antes de comprometerse: Preparamos un desglose detallado de gastos para su inmueble concreto — sin sorpresas ante el notario.
- Comprobación de tipos reducidos: Nuestro abogado verifica si tiene derecho a ITP reducido, exención de AJD u otras bonificaciones.
- Configuración fiscal tras la compra: IBI, IRNR, cuota de comunidad — lo gestionamos todo para que no pierda plazos ni pague de más.
Como agencia licenciada (RAICV1663) y miembro de Asivega — la mayor asociación de agentes inmobiliarios de la Costa Blanca — hemos guiado a cientos de compradores en este proceso. La primera consulta es siempre gratuita.
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